Inmigración y Residencia

Resumen Ejecutivo
El Programa de Residencia de Países Amigos de Panamá, comúnmente denominado como la Visa de Países Amigos, permite a los nacionales de países seleccionados establecer su residencia legal en Panamá basándose en vínculos económicos, profesionales o de inversión específicos.
Bajo la vía de inversión, un solicitante elegible puede calificar a través de una de las siguientes opciones:
Inversión inmobiliaria de al menos US$200,000, o
Un depósito a plazo fijo de al menos US$200,000 mantenido en un banco calificado en Panamá por un período mínimo de tres años.
El marco regulatorio actual otorga un permiso de residencia provisional inicial por dos años. Una vez transcurrido dicho período y siempre que se sigan cumpliendo las condiciones aplicables, el solicitante podrá solicitar la residencia permanente. El Servicio Nacional de Migración de Panamá contempla actualmente tanto la inversión inmobiliaria como los depósitos a plazo fijo como alternativas de inversión válidas bajo esta categoría.
Introducción
Para los inversionistas que consideran la residencia en Panamá, la opción de Residencia de Países Amigos por Vía de Inversión ofrece una alternativa a la residencia basada en empleo y a otros programas de inversionistas.
El programa es de particular relevancia para los nacionales de países elegibles que tengan la intención de:
adquirir bienes inmuebles en Panamá;
mantener una liquidez significativa dentro del sistema bancario de Panamá;
establecer vínculos personales o económicos a largo plazo con el país; o
estructurar su inversión a través de una sociedad panameña o una Fundación de Interés Privado.
La vía de inversión no requiere que el solicitante establezca una relación laboral con una empresa panameña. En su lugar, la elegibilidad se sustenta en una inversión calificada y en la documentación requerida por las normas migratorias de Panamá.
Las normas vigentes se fundamentan principalmente en el Decreto Ejecutivo N.º 226 de 20 de julio de 2021, el cual modificó el marco de Países Amigos establecido bajo el Decreto Ejecutivo N.º 416 de 2012 y posteriormente reformado por el Decreto Ejecutivo N.º 197 de 2021. El Servicio Nacional de Migración de Panamá continúa reconociendo la categoría bajo sus requisitos migratorios vigentes.
¿Quién puede solicitar la Vía de Inversión de Países Amigos?
La elegibilidad se basa en primera instancia en la nacionalidad.
El Decreto Ejecutivo N.º 226 establece los países cuyos nacionales pueden solicitar la categoría de residencia de Países Amigos. La lista actual contiene 50 jurisdicciones.
Estas incluyen:
Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Serbia, Singapur, Eslovaquia, Sudáfrica, Corea del Sur, España, Suecia, Suiza, San Marino, Reino Unido e Irlanda del Norte, Estados Unidos, Uruguay y la Región Administrativa Especial de Hong Kong.
Sin embargo, la nacionalidad por sí sola no es suficiente. El solicitante también debe cumplir con uno de los supuestos de calificación establecidos por la regulación.
Para la vía de inversión, existen dos alternativas principales.
Opción 1: Inversión Inmobiliaria de US$200,000 en Panamá
Un solicitante elegible de Países Amigos puede establecer el vínculo económico requerido con Panamá mediante la propiedad de un bien inmueble calificado con un valor mínimo de:
US$200,000 / B/.200,000
Panamá utiliza el balboa a la par del dólar estadounidense, por lo que B/.200,000 equivale a US$200,000 para este propósito.
El Servicio Nacional de Migración requiere un certificado del Registro Público de Panamá que demuestre la titularidad de la propiedad calificada.
¿Cómo puede ostentarse la propiedad del bien inmueble?
Una característica de especial importancia en esta categoría migratoria es que la propiedad no tiene que estar registrada necesariamente a nombre personal del solicitante.
El Decreto Ejecutivo N.º 226 permite que la propiedad se ostente:
A título personal por el solicitante;
A través de una persona jurídica en la que el solicitante sea el beneficiario final de las acciones, participaciones o derechos de participación; o
A través de una Fundación de Interés Privado panameña de la cual el solicitante sea tanto fundador como beneficiario final.
Esto puede resultar especialmente relevante para los inversionistas que deseen coordinar su planificación migratoria con una estructuración corporativa, planificación sucesoria o esquemas de tenencia de activos.
Sin embargo, el uso de una sociedad anónima, una LLC o una Fundación de Interés Privado no debe considerarse puramente como una decisión migratoria. La estructura de propiedad puede tener implicaciones corporativas, fiscales, bancarias, sucesorias, contables y de beneficiario final que deben evaluarse de forma independiente.
¿Se puede financiar la propiedad?
Sí.
El Decreto Ejecutivo N.º 226 dispone expresamente que la adquisición del bien inmueble calificado puede financiarse a través de una entidad bancaria local en Panamá.
Esta es una distinción importante frente a otros programas de inversionistas que exigen que la totalidad del monto mínimo provenga de capital propio del inversionista libre de gravámenes.
No obstante, la regulación exige que el bien inmueble cumpla con el valor mínimo de calificación. Por tal razón, la estructura de financiamiento propuesta, la documentación de propiedad, el valor registrado y la certificación del Registro Público deben ser evaluados antes de proceder con el trámite migratorio basado en dicho inmueble.
Opción 2: Depósito a Plazo Fijo de US$200,000
En lugar de adquirir bienes inmuebles, los solicitantes elegibles pueden calificar mediante la colocación de al menos:
US$200,000 / B/.200,000
en un depósito a plazo fijo en un banco con licencia general que opere en Panamá.
La entidad bancaria debe certificar:
la existencia del depósito a plazo fijo;
la identidad del titular;
el monto depositado;
el plazo del depósito;
que el depósito se encuentra libre de gravámenes; y
que cuenta con un plazo mínimo de tres años.
Titularidad del Depósito a Plazo Fijo
De manera similar a la vía inmobiliaria, la inversión calificada puede ser mantenida:
a título personal por el solicitante;
a través de una persona jurídica de la cual el solicitante sea el beneficiario final; o
a través de una Fundación de Interés Privado de la cual el solicitante sea el fundador y beneficiario final.
Esta flexibilidad puede resultar útil para los inversionistas que ya mantienen estructuras corporativas o de gestión patrimonial en Panamá.
Bienes Inmuebles frente a Depósito a Plazo Fijo
Requisito | Vía de Bienes Inmuebles | Vía de Depósito a Plazo Fijo |
|---|---|---|
Monto mínimo de calificación | US$200,000 | US$200,000 |
Activo | Bien inmueble en Panamá | Depósito bancario a plazo fijo |
Financiamiento permitido | Sí, a través de un banco local | El depósito debe estar libre de gravámenes |
Plazo mínimo de depósito | No aplica | 3 años |
Titularidad personal permitida | Sí | Sí |
Titularidad corporativa permitida | Sí, sujeto a requisitos de beneficiario final | Sí, sujeto a requisitos de beneficiario final |
Fundación de Interés Privado permitida | Sí, sujeto a condiciones regulatorias | Sí, sujeto a condiciones regulatorias |
Prueba documental principal | Certificado del Registro Público | Certificación bancaria |
Para un inversionista que ya tiene la intención de adquirir propiedades en Panamá, la vía de bienes inmuebles puede ofrecer una mayor utilidad económica, dado que el mismo activo puede cumplir simultáneamente con un propósito de inversión y con la calificación migratoria.
Por el contrario, los inversionistas que prefieren la gestión de liquidez antes que la propiedad de bienes inmuebles pueden encontrar más adecuada la vía de depósito a plazo fijo.
Ninguna de las opciones debe seleccionarse basándose únicamente en consideraciones de carácter migratorio. También se deben tomar en cuenta factores como el rendimiento de la inversión, la liquidez, los costos de financiamiento, los requisitos bancarios, los impuestos inmobiliarios, los costos de transacción y la planificación sucesoria.
Requisitos Generales
Además de demostrar la inversión calificada, los requisitos vigentes del Servicio Nacional de Migración incluyen la siguiente documentación para el solicitante principal:
Poder notariado y solicitud, que incluya los nombres y nacionalidades de los padres del solicitante.
Tres fotografías tamaño carné.
Copia del pasaporte debidamente cotejada o certificada.
Certificado de antecedentes penales.
Certificado de salud.
Cheque de gerencia por B/.250 a favor del Tesoro Nacional.
Cheque de gerencia por B/.800 a favor del Servicio Nacional de Migración.
Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
Documentación que demuestre la inversión calificada correspondiente.
Estos requisitos son de carácter legal y administrativo y pueden ser complementados con documentación adicional según las circunstancias del solicitante.
Documentos Extranjeros, Apostillas y Traducciones al Español
Los documentos expedidos fuera de Panamá requieren de su debida legalización.
Según las normas migratorias de Panamá, los documentos extranjeros generalmente deben estar:
apostillados, cuando el país emisor forme parte del Convenio de la Haya sobre la Apostilla; o
legalizados por la vía diplomática o consular panameña correspondiente en su defecto.
Los documentos que no estén en idioma español deben ser traducidos al español por un traductor público autorizado en la República de Panamá.
Esto resulta de especial relevancia para:
certificados de antecedentes penales;
certificados de matrimonio;
certificados de nacimiento;
documentos corporativos; y
otros registros extranjeros que sustenten la solicitud.
¿Se pueden incluir dependientes?
Sí. Los dependientes pueden calificar con sujeción a los requisitos adicionales aplicables a los dependientes de residentes permanentes.
Los documentos de soporte habituales incluyen:
carta de responsabilidad;
certificados de matrimonio para cónyuges;
certificados de nacimiento para hijos; y
pruebas de la solvencia económica del solicitante principal.
Para los hijos dependientes que tengan entre 18 y 25 años, los requisitos de migración vigentes en Panamá generalmente exigen demostrar que el dependiente es soltero y estudiante a tiempo completo.
Debido a que las circunstancias familiares varían, la elegibilidad de los dependientes debe evaluarse de forma individual.
Residencia Provisional y Residencia Permanente
A pesar de su clasificación formal dentro del marco de residencia permanente de Panamá, el programa de Países Amigos opera actualmente en dos etapas legales.
El Servicio Nacional de Migración puede otorgar primero al solicitante un:
Permiso de Residencia Provisional por Dos Años
Una vez cumplido el periodo de residencia provisional, el solicitante podrá posteriormente requerir la:
Residencia Permanente
El Servicio Nacional de Migración indica que la solicitud de residencia permanente generalmente requiere la misma documentación presentada con anterioridad, salvo ciertas excepciones como el certificado de antecedentes penales y determinados pagos gubernamentales.
Esto no debe confundirse con el tiempo de procesamiento del trámite en sí. El período de dos años forma parte de la estructura legal sustantiva de esta categoría migratoria.
¿La Residencia por Inversión otorga automáticamente derecho a laborar en Panamá?
No necesariamente.
El estatus migratorio y la autorización para trabajar son asuntos legales independientes en Panamá.
Por lo tanto, la obtención de la residencia a través de una inversión no debe interpretarse como una concesión automática de derechos laborales irrestrictos.
Los extranjeros que tengan la intención de trabajar en Panamá deben verificar por separado si requieren un permiso de trabajo conforme a las normas administradas por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) y si la profesión que pretenden ejercer está sujeta a restricciones aplicables a los extranjeros.
Consideraciones Prácticas antes de Invertir
Es recomendable que los inversionistas evalúen las implicaciones migratorias antes de concretar la inversión, en lugar de adquirir un activo y asumir posteriormente que este calificará.
Para bienes inmuebles, se debe prestar especial atención a:
la titularidad en el Registro Público;
la debida diligencia de títulos;
la información registrada de la propiedad;
los acuerdos de financiamiento;
el beneficiario final;
los impuestos sobre la propiedad;
las obligaciones de propiedad horizontal cuando aplique; y
si la propiedad se mantendrá a título individual, corporativo o a través de una fundación.
Para depósitos a plazo fijo, los solicitantes deben considerar:
los requisitos de apertura de cuenta de la entidad bancaria;
la documentación sobre el origen de los fondos;
la verificación del beneficiario final;
el vencimiento del depósito;
las restricciones por cancelación anticipada;
las tasas de interés; y
los requisitos de cumplimiento normativo impuestos por la institución financiera.
Los bancos panameños mantienen sus propios procedimientos de Conocimiento del Cliente (KYC), Prevención de Lavado de Activos (AML), verificación de origen de fondos y evaluación de riesgos. El cumplimiento de los requisitos de migración no garantiza la aceptación por parte de una entidad bancaria.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la inversión mínima para Países Amigos en Panamá?
El mínimo actual es de US$200,000 ya sea para una inversión inmobiliaria calificada o para un depósito bancario a plazo fijo calificado.
¿Puedo financiar la propiedad de US$200,000?
La regulación aplicable permite expresamente que la adquisición del bien inmueble sea financiada a través de un banco local panameño.
¿La propiedad tiene que estar a mi nombre personal?
No. La regulación también permite ciertas estructuras de propiedad corporativas y mediante Fundaciones de Interés Privado, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos aplicables de beneficiario final.
¿Puede una sociedad anónima ser propietaria del inmueble?
Sí, siempre que el solicitante sea el beneficiario final correspondiente de la persona jurídica, sujeto a los requisitos regulatorios.
¿Puede una Fundación de Interés Privado ser propietaria del inmueble?
Sí. La regulación reconoce la titularidad calificada a través de una Fundación de Interés Privado donde el solicitante sea el fundador y el beneficiario final.
¿Cuánto se debe colocar en un depósito a plazo fijo?
Al menos US$200,000, mantenidos por un plazo mínimo de tres años y libres de gravámenes.
¿La visa de Países Amigos otorga de inmediato la residencia permanente?
No. Bajo el marco actual, el solicitante recibe inicialmente un permiso de residencia provisional por dos años y posteriormente puede solicitar la residencia permanente.
¿Se pueden incluir miembros de la familia?
Sí, sujeto a las normas aplicables a los dependientes y a la presentación de las pruebas de parentesco y solvencia económica correspondientes.
¿La compra de cualquier propiedad de US$200,000 garantiza automáticamente la residencia?
No. La inversión es un elemento dentro de la solicitud de residencia. El solicitante también debe cumplir con los requisitos de nacionalidad, documentación, antecedentes, migración y demás regulaciones aplicables. Todas las solicitudes de residencia quedan sujetas a la aprobación gubernamental.
Conclusión
La Residencia de Países Amigos – Vía de Inversión en Panamá proporciona a los extranjeros elegibles dos opciones principales para establecer la relación económica requerida para la residencia: una inversión inmobiliaria de US$200,000 o un depósito bancario a plazo fijo de US$200,000.
El programa resulta particularmente atractivo porque las inversiones calificadas pueden, bajo condiciones específicas, mantenerse a título personal o mediante estructuras corporativas o de Fundaciones de Interés Privado, mientras que la opción inmobiliaria también puede financiarse a través de un banco panameño.
Sin embargo, la calificación migratoria debe constituir solo una parte de la decisión de inversión. La propiedad inmobiliaria, el financiamiento, el tratamiento fiscal, el cumplimiento bancario, la estructuración corporativa, el beneficiario final y la planificación sucesoria deben evaluarse en su conjunto antes de comprometer capital.
Panama Entity puede asistirle con la evaluación legal y preparación de las solicitudes de residencia de Países Amigos, incluyendo la coordinación de la documentación corporativa, inmobiliaria y de inversión calificada correspondiente. Todas las solicitudes de migración están sujetas a la revisión y aprobación de las autoridades panameñas competentes.